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Fiscasa

¿Tengo que pagar impuestos si solo uso mi casa en España en vacaciones?

Respuesta breve

Sí. Una vivienda que usa solo en vacaciones tributa por renta imputada durante todo el año, no solo durante las semanas en que está allí. Lo que reduce los días declarados es el alquiler o la compra o venta durante el año, no el tiempo que la ocupa.

Hacer el cálculo →

Lo que grava Hacienda es la disponibilidad, no el uso

Muchos propietarios razonan así: «solo voy tres semanas en agosto, así que declararé tres semanas». No es como funciona. La renta imputada nace de que el inmueble está a su disposición, lo ocupe o no. Una casa cerrada once meses al año sigue estando disponible para usted cada uno de esos días.

Por eso el cálculo se hace sobre el año completo de titularidad: 365 días, o 366 en un año bisiesto como 2024. Las semanas de vacaciones no cambian nada en la cuota.

Qué sí reduce los días declarados

Solo dos circunstancias recortan el periodo de renta imputada:

  • los días alquilados: si la alquila a terceros, esos días se declaran como alquiler y salen de la renta imputada;
  • los días en que no era propietario: el año de la compra se cuenta desde la fecha de la escritura; el de la venta, hasta la fecha de la venta.

Prestarla gratis a sus hijos o a unos amigos no es un alquiler. Esos días siguen siendo renta imputada.

Un ejemplo con números

Una pareja residente en Dinamarca tiene al 50 % un adosado en Mojácar con un valor catastral de 120 000 €. El municipio aplica el 2 %.

  • Base total: 120 000 × 2 % = 2 400 €
  • Base de cada cónyuge: 1 200 €
  • Impuesto de cada uno: 1 200 × 19 % = 228 €

Total para la pareja: 456 € al año, tanto si pasan allí dos semanas como si pasan cinco meses. Si los mismos propietarios residieran en el Reino Unido, cada uno pagaría 288 € (1 200 × 24 %).

Haga su propio cálculo con la calculadora del impuesto.

Cuidado con los 183 días

Si sus vacaciones se alargan, vigile el contador. Una estancia de más de 183 días en el año natural puede convertirle en residente fiscal en España, con otras obligaciones (IRPF sobre su renta mundial). Lo explicamos en residente o no residente. Para la mayoría de los propietarios de una casa de vacaciones, la regla es clara: no residente, Modelo 210 cada año, sobre el año entero. La guía de la renta imputada detalla el método.

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