¿Un residente en la Unión Europea tiene que pagar el impuesto de no residentes?
Respuesta breve
Sí. Residir en otro Estado de la Unión Europea no exime del impuesto de no residentes: quien no reside fiscalmente en España declara su inmueble con el Modelo 210. La diferencia es favorable: tipo del 19 % en lugar del 24 % y, si alquila, posibilidad de deducir gastos.
La libre circulación no suprime el impuesto
La pertenencia a la UE no cambia el principio: España grava las rentas que se obtienen en su territorio, y un inmueble situado en España genera renta en España. Un francés, un alemán o un español residente en Bélgica presentan por tanto el Modelo 210 por su vivienda, igual que un estadounidense.
Lo que el Derecho de la Unión sí ha conseguido es que el trato sea menos gravoso para los residentes en la UE. España aplica a estos contribuyentes reglas más favorables que al resto de no residentes.
Las dos ventajas reales de residir en la UE o el EEE
1. El tipo del 19 %. Se aplica a los residentes en un Estado de la UE y también en Noruega, Islandia y Liechtenstein, que forman el Espacio Económico Europeo. Los demás pagan el 24 %.
Ejemplo con un valor catastral de 100 000 € en un municipio al 1,1 %: base de 1 100 €. Un residente en Portugal paga 209 €; un residente en Andorra, 264 €.
2. Los gastos deducibles en caso de alquiler. Si alquila la vivienda, un residente en la UE o el EEE puede restar de los ingresos los gastos del periodo alquilado (intereses, IBI, comunidad, reparaciones, amortización…). Fuera de ese espacio, se tributa sobre el ingreso bruto.
Para una vivienda que no se alquila, en cambio, no hay diferencia en la base: nadie puede deducir gastos de la renta imputada.
Lo que hay que acreditar
El tipo depende de su residencia fiscal, no de su pasaporte. Un ciudadano británico que vive y tributa en España no es no residente; un ciudadano alemán que vive en Suiza paga el 24 %. Conviene conservar un certificado de residencia fiscal de su país, que puede pedirle la administración para justificar el 19 %. Si tiene dudas sobre su propia situación, lea residente o no residente.
Y en su país de residencia
Su país también puede pedirle que declare el inmueble español, en general con un mecanismo que evita pagar dos veces. Cada convenio lo regula a su manera. Para el impuesto español, el detalle está en por qué el 19 % o el 24 %, y su cuota exacta en la calculadora.
Presente su Modelo 210 en 10 minutos
Cálculo gratuito, precio por hogar, asesor en su idioma.
Hacer mi declaración