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Fiscasa

Resido en el Reino Unido y tengo una casa en España: ¿qué reglas aplican tras el Brexit?

Respuesta breve

Desde el Brexit, quien reside en el Reino Unido tributa en España como residente de un tercer país: un 24 % sobre la renta imputada de la vivienda vacía y un 24 % sobre los alquileres brutos, sin deducir gastos. La ganancia de una venta sigue tributando al 19 %.

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Lo que cambió con la salida de la UE

Mientras el Reino Unido era miembro de la Unión Europea, sus residentes disfrutaban del tipo del 19 % y podían deducir gastos de sus alquileres. Tras el Brexit, pasaron al régimen general de los no residentes de fuera de la UE y del EEE.

Lo que cuenta es la residencia fiscal, no el pasaporte. Un ciudadano británico que reside en Francia o en Irlanda aplica el 19 %. Un ciudadano español o alemán que vive en Londres aplica el 24 %.

La vivienda que no se alquila

Ejemplo: villa con valor catastral de 200 000 € al 1,1 %, propiedad al 50 % de cada miembro de una pareja que reside en Inglaterra. Base de cada uno: 200 000 × 1,1 % × 50 % = 1 100 €. Impuesto por persona al 24 %: 264 €. Dos declaraciones, un total de 528 € al año. Haga su propio cálculo con la calculadora.

Los alquileres

Sin deducción de gastos, la base es el importe íntegro cobrado. Para quienes alquilan mucho, la diferencia con un residente de la UE es considerable. El detalle está en qué pueden deducir los residentes fuera de la UE.

En el Reino Unido, los ingresos de un inmueble en el extranjero suelen declararse en la declaración anual de HMRC, con un crédito por el impuesto español según el convenio entre ambos países. El crédito está limitado al impuesto británico sobre esa renta. Compruebe los detalles con un asesor británico.

Representante y trámites

Para la renta imputada, la representación fiscal es opcional. La obligación de nombrar un representante surge solo en casos concretos, por ejemplo si la Agencia Tributaria lo exige. Lea ¿es obligatorio un representante fiscal?. El pago puede domiciliarse en una cuenta británica o española, ambas de la zona SEPA, si presenta por vía electrónica, o hacerse por transferencia desde el extranjero.

Al vender

La ganancia patrimonial tributa al 19 % para todos los no residentes, también para los residentes en el Reino Unido. El comprador retiene el 3 % del precio, y usted presenta el Modelo 210 de la venta en los tres meses siguientes al fin del plazo del Modelo 211.

Si dejó de presentar declaraciones después de 2020 por creer que nada había cambiado, puede regularizar: Hacienda reclama hasta cuatro ejercicios, y hacerlo antes de cualquier requerimiento reduce el coste.

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