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Fiscasa

¿Necesito una cuenta bancaria en España para pagar el impuesto de no residentes?

Respuesta breve

No. El impuesto de no residentes se puede pagar con una transferencia desde un banco de cualquier país, usando el identificador de pago que genera la declaración, o domiciliarse en una cuenta de la zona SEPA si presenta por vía electrónica. Una cuenta española ya no es obligatoria.

Lo que ha cambiado

Hasta hace poco, la cuenta en un banco español era casi imprescindible: la domiciliación y el pago con NRC pasaban por una entidad colaboradora española. Dos novedades han roto esa dependencia:

  • el pago por transferencia desde el extranjero, con un identificador de pago generado al preparar la declaración;
  • la domiciliación en cuentas de la zona SEPA, admitida desde febrero de 2024 para las declaraciones presentadas electrónicamente.

Con cualquiera de las dos, un propietario que vive en Lyon, Gotemburgo o Buenos Aires puede pagar el Modelo 210 sin abrir cuenta en España.

Elegir según su situación

Su situación Vía recomendada
Sin certificado digital ni Cl@ve Transferencia desde el extranjero
Con identidad digital y cuenta en la zona SEPA Domiciliación en esa cuenta
Banco fuera de la zona SEPA (EE. UU., América Latina) Transferencia internacional en euros
Ya tiene una cuenta española Domiciliación o NRC, como prefiera

Desde fuera de Europa, la transferencia funciona, pero conviene confirmar con su banco que envía euros y que el importe llegará completo, sin comisiones descontadas.

Cuándo una cuenta española sigue siendo práctica

Aunque no la necesite para el impuesto de no residentes, una cuenta local puede simplificarle otros pagos ligados al inmueble:

  • el IBI y la tasa de basuras, que muchos organismos de recaudación cobran por domiciliación;
  • las cuotas de comunidad;
  • los suministros de luz, agua o gas;
  • los cobros de alquiler, si alquila la vivienda.

Algunos organismos municipales aceptan ya cuentas SEPA extranjeras para el IBI; otros no. Compruébelo con el suyo.

Lo que no puede hacer

Pagar con la cuenta de otra persona en una domiciliación: el titular debe ser el contribuyente. Ni agrupar en una sola transferencia los impuestos de dos copropietarios: cada declaración tiene su identificador. Para todo lo demás, el procedimiento está en pagar desde el extranjero y en domiciliar en una cuenta extranjera.

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